Todo equipo inscrito, deberá contar como mínimo, con:
5 licencias de Jugadores B o C (*) 1 licencia de Entrenador (**)
1 licencia de Delegado (***)
(*) Si el club dispone de más equipos en la misma categoría, el número mínimo de licencias B o C podrá ser de cuatro (4) jugadores por equipo. No se contabilizan las licencias de jugadoras A1 y A2 tramitadas a través de un club externo.
(**) En el caso del entrenador, pueden servir las licencias que haya tramitado el club para otras categorías autonómicas o nacional (siempre que no supere los dos (2) equipos por cada licencia de entrenador).
(***) Se permitirá a los clubes tener una (1) licencia de delegado válida para varios equipos, siempre y cuando, pertenezcan a la misma categoría y grupo.
Las jugadoras y jugadores que participen en esta liga deberán tramitar uno de los siguientes Tipos de Licencia:
Licencia de Jugador/a No participante en Ligas Nacionales – Tipo “B”
Licencia de Resto de Jugadores – Tipo “C”
Para garantizar la correcta participación de los diferentes equipos, al inicio de temporada se contabilizarán el número total de licencias B y C, debiendo cumplirse el número mínimo de licencias por equipo inscrito.