¿Cuál es la sanción para un club por impagos federativos?

Asimismo se considerarán como infracciones graves y serán sancionadas con la imposibilidad de participar en la categoría a la que tuviera derecho, o la descalificación de la competición si se hubiere iniciado, las siguientes:

a) El impago de las cuotas o de las fianzas establecidas por la RFETM.

b) El impago de cualquier otra obligación económica a causa de la participación en competiciones oficiales, especialmente el impago de los honorarios de arbitraje en el tiempo y en la forma establecidos reglamentariamente.

c) El impago al club de origen de la obligación económica que tenga su origen en los derechos de formación cuando haya resolución firme al respecto.

d) El impago de las sanciones económicas impuestas por el órgano disciplinario.

En todos los casos la sanción no eximirá de la obligación del pago de la deuda, ni de los recargos e intereses que reglamentariamente estuvieran establecidos para cuando las obligaciones no se hubieren satisfecho dentro del plazo habilitado para su ingreso.