Todo equipo inscrito a principio de temporada deberá contar como mínimo, con:
5 licencias de Jugadores masculinos A1 (*)
1 licencia de Entrenador (nivel mínimo E1) (**) 1 licencia de Delegado Nacional por equipo
Si el Club dispone de más equipos en Ligas Nacionales el número mínimo de licencias A1 masculinas podrá ser de 4 jugadores. No computan a estos efectos las licencias de jugadoras A1 y A2 tramitadas bien por el propio club o a través de un club externo.
En el caso del entrenador, pueden servir las Licencias que haya tramitado el Club para otras Categorías Nacionales (siempre que no supere los 2 Equipos por cada licencia de entrenador).
Podrán participar en esta Liga los jugadores con tipo de licencia “A1” y, excepcionalmente, los de tipo de licencia “B” si bien quienes posean esta licencia estarán sujetos a las limitaciones sobre alineación en ligas nacionales contenidas en los puntos 2 y 3 del artículo 58 del Reglamento General de la RFETM.